La ley 3.281 sancionada en 2009 (B.0. 8/1/2010), establece cuáles son las políticas de devolución o cambios de los productos no perecederos adquiridos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
Los mismos pueden efectuarse en los mismos días y horarios en los cuales el comercio atienda al público para sus ventas: ¡El comercio NO puede condicionar los cambios o devoluciones a días y horarios arbitrarios!
Se pueden realizar los cambios o devoluciones dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor: ¡Nunca el lazo puede ser menor, los 30 días es el plazo mínimo legal!
En caso de existir un saldo a favor del consumidor, el establecimiento está obligado a entregar un comprobante que refleje dicho saldo o su equivalente en dinero en efectivo, a elección del comercio. El comprobante tendrá una vigencia de noventa (90) días corridos desde su emisión, salvo que el comercio establezca un plazo mayor.
En ACYMA te seguimos informando para que aprendas a defender tus derechos como Consumidor!!
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