🛑Atención consumidores: ¡Te contamos sobre cómo te deben informar los MEDIOS DE PAGO!🛑

Mediante la Resolución 449/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, se estableció que es obligación de los proveedores, empresas y comercios la publicación de manera precisa y claramente visible de TODOS LOS MEDIOS DE PAGO que acepten, sean estos electrónicos y/o de cualquier otro tipo. ​💳​

En los puntos de venta, se deben exhibir con cartelería específica y/o elementos de identificación similares en vidrieras, líneas de caja y en sus páginas web. En compras a distancia (por ejemplo, venta online), indefectiblemente debe informarse en los sitios web de los proveedores. 💻

Es derecho de las y los consumidores elegir en qué comercio y/o con qué prestador realizar su compra; y cómo abonar, necesitando para ello conocer previamente los medios de pago a su disposición por parte del comercio y/o prestador obligado.

🌱 En caso de advertir el incumplimiento de esta medida, no dudes en reclamar!!! – info@acyma.org.ar