ACYMA logró resolver otro reclamo contra una importante cadena de electrodomésticos: el derecho de información durante todo el iter contractual sobre las características, condiciones y limitaciones de los productos adquiridos

En esta oportunidad te contamos que ACYMA logró un acuerdo en el marco de una audiencia de conciliación previa de consumo (COPREC), el cual tuvo su origen en el reclamo de una consumidora a la luz del robo de un teléfono celular adquirido por ella en una importante cadena de electrodomésticos. Habiendo sido asegurado el equipo por el comercio, luego de denunciar el hecho delictivo, la empresa se rehusó a abonar el monto asegurado.

 

¡Te detallamos un poco más los hechos!: La denunciante adquirió el celular para regalárselo a su nieto menor de edad. Al momento de contratar el seguro, la consumidora siempre hizo hincapié en que el teléfono no sería para uso propio y que al contratar el seguro ofrecido el menor debería figurar como beneficiario y/o en cualquier calidad que asegure su cobertura en caso de suceder un siniestro como el que se suscitó finalmente.

 

El conflicto comenzó en noviembre del pasado año, cuando a su nieto le roban su teléfono. Inmediatamente acompañó al niño a la policía para realizar la denuncia penal, en la cual describió pormenorizadamente los hechos sucedidos. Posteriormente se apersonó con la denuncia en mano en el comercio donde adquirió el aparato para solicitar que hagan efectivo el seguro contratado y le abonen la suma asegurada. Pero, el comercio se negó a hacerlo con el argumento de que el seguro contratado sólo cubriría en caso de siniestro al titular contratante, y a nadie más!. Esta condición de contratación nunca le fue informada a la consumidora denunciante, sin perjuicio de haber sido un requisito determinante para decidir realizar la compra.

 

Cabe recordar que la Constitución Nacional en su artículo 42, la Ley de Defensa al Consumidor en su artículo 4 y el Código Civil y Comercial de la Nación en el art. 1100,  establecen  que los proveedores de bienes y servicios están obligados a suministrar la información sobre los bienes y servicios que comercializan en forma cierta, clara, adecuada y detallada.

 

En este caso en particular, los empleados del comercio que le vendieron el equipo omitieron informarle a la denunciante las condiciones contractuales, límites de la cobertura y exclusiones; entre las cuales se encontraba el supuesto de robo o extravío del bien adquirido a cualquier otra persona que dispusiera del producto sin ser el titular adquirente.
En este contexto, con la ayuda de ACYMA se logró en la audiencia conciliatoria arribar a un acuerdo satisfactorio para nuestra consumidora asistida, consiguiendo la baja de la garantía extendida, que la reclamada le abone la suma asegurada y la devolución del concepto prima de la póliza abonada con posterioridad al robo.

 

En el supuesto de encontrarte frente a una situación similar no dudes en contactarnos, en ACYMA estamos siempre para proteger  tus derechos!