COVID-19. NACIDOS EN CUARENTENA: EL DEBER DE INCORPORACIÓN PROVISORIA DE LAS OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS

¿Sabías que mediante la Resolución 309/2020 la Superintrendencia de Servicios de Salud estableció el deber de las obras sociales y prepagas de incorporar de manera provisoria a los hijos recién nacidos a partir del 20 de febrero de sus afiliados con la sola acreditación del nacimiento y parentesco?

Esto se debe a la actual imposibilidad de tramitar un DNI debido al cierre de todos los centros de documentación del Registro Nacional de las Personas que dispuso el gobierno como medida para asegurar el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

De esta manera, los recién nacidos a partir del los últimos 10 días de febrero podrán acceder a las prestaciones de salud de sus padres durante toda la extensión de la cuarentena y hasta un mes y medio después de su finalización con sólo acreditar su nacimiento.

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#Quedateencasa