Importante aerolínea deberá indemnizar a un pasajero por la cancelación de su vuelo

Inmediatamente después de que un pasajero sufriera la cancelación de su vuelo le solicitó a la empresa que le reintegrara los gastos correspondientes.

Lo que el pasajero le exigía a la aerolínea mediante un reclamo eran los gastos extra que tuvo que afrontar para poder llegar a destino, que comprendían gastos de traslado por $4.000 y el precio del nuevo pasaje.

Al no contestar la empresa el pasajero optó por iniciar una demanda.

El juzgado interviniente ordeno condenar a la aerolínea y a pagar al usuario a modo de resarcimiento un monto de $134.000, por el daño emergente, daño moral y  daño punitivo.

La singularidad del caso es que se trata del primer antecedente de daño punitivo en la Jurisprudencia Ordinaria de Córdoba contra una aerolínea.

El art 150 del Código Aeronáutico protege a los pasajeros estableciendo que si el viaje hubiese sido interrumpido o si no se realiza, el pasajero tiene derecho de reembolso y el pago de los gastos ordinarios de desplazamiento y estadía.

Las vías para pedir una compensación son mediante acción civil, y también puede realizarse el correspondiente reclamo ante ANAC y solicitar asesoramiento en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y el Ministerio de Turismo.

 

¡Si tenés alguna duda, precisas asesoramiento o estás pasando por una situación similar, no dudes en consultarnos!