Institucional

Sobre nosotros

La Asociación Civil por los Consumidores y el Medio Ambiente (ACYMA) fue creada a partir del esfuerzo y las ganas de un grupo de personas que creen que a través de la defensa de los consumidores y el medio ambiente lograremos una sociedad y un país mejor.

ACYMA es una asociación civil de bien público. No tiene fines de lucro y se financia, fundamentalmente, con los aportes de sus asociados.

En ACYMA creemos en la defensa de los derechos de los consumidores porque vivimos en una sociedad de consumo en la que los consumidores y usuarios se encuentran generalmente a merced de empresas que muchas veces vulneran las normas protectorias de los consumidores a fin de obtener mayores ganancias.

Además, creemos en una sociedad de consumo, pero con un consumo sustentable, que permita el cuidado del medio ambiente y que las generaciones futuras puedan hacer uso de los recursos de nuestro país y de nuestro planeta.

Como sucede en otros campos, existen normas valiosas para defender los valores en los que creemos, pero los distintos operadores encargados de aplicarlas no lo hacen, o lo hacen de manera insuficiente.

En función de ello, de acuerdo a nuestro estatuto social, los propósitos de ACYMA son:

a) Difundir y defender todo lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y a los consumidores en razón de lo dispuesto en los artículos 41, 42 y 43 de la Constitución Nacional y normas concordantes;

b) Velar por el cumplimiento de la Constitución, tratados internacionales, leyes, decretos y otras normas que amparan y/o protegen a usuarios y consumidores y al ambiente;

c) Promover la educación de los habitantes en los temas vinculados a las relaciones de consumo y a la protección, preservación y sustentabilidad del ambiente.

d) Prevenir conflictos en las relaciones de consumo y ambientales;

e) Fomentar la protección, preservación y sustentabilidad del medio ambiente.

Para lograr los referidos objetivos, en ACYMA nos proponemos concretarlos a través de las siguientes actividades:

a) Colaborar con organismos oficiales y privados, técnicos o consultivos para el perfeccionamiento de la legislación en defensa de los consumidores o cuestiones vinculadas con ellos y en materia de medio ambiente.

b) Proponer el dictado de -y asesorar sobre- normas jurídicas, medidas administrativas u otros estatutos legales que tiendan a la educación y protección de los usuarios y consumidores y a la preservación y defensa del medio ambiente.

c) Recibir reclamos de los habitantes de la Nación y promover soluciones entre ellos y quienes hayan motivado el reclamo.

d) Asesorar a los ciudadanos sobre el consumo de bienes y el uso de servicios públicos y privados y la protección, preservación y desarrollo sustentable del ambiente.

e) Capacitar a personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, en materia de derechos del consumidor, defensa de la competencia, lealtad comercial y medio ambiente, mediante foros, talleres de investigación, seminarios, conferencias y cursos, tanto presenciales, a distancia o por cualquier medio de difusión.

f) Investigar, realizar asesoramiento técnico y legal y  elaborar programas dirigidos a la capacitación y educación para el consumo, la defensa de la competencia, la transparencia de los mercados y la protección, preservación y sustentabilidad del ambiente mediante programas de trabajo elaborados y ejecutados por sí o por profesionales o técnicos a los que fuere necesario recurrir para el cumplimiento del objeto de la Asociación.

g) Organizar, realizar y divulgar estudios de mercado, de control de calidad, estadísticas de precios, y/o cualquier otra información o estudio y suministrar todo otro dato de interés para los consumidores y/o en relación con el medio ambiente.

h) La difusión masiva de las normas sobre derecho del consumidor y del medio ambiente y la publicación y distribución de impresiones y reproducciones electrónicas y almacenamiento de datos de todo tipo del material destinado al cumplimiento del objeto de la Asociación.

i) Colaborar con organismos públicos, privados, nacionales, regionales e internacionales, ya sea técnicos o consultivos para el afianzamiento, la promoción y el aseguramiento de la transparencia de las relaciones de consumo y protección, preservación y sustentabilidad del ambiente.

j) Sustanciar los reclamos de consumidores y usuarios ante los fabricantes, productores, comerciantes, intermediarios o prestadores de servicios que correspondan, que se deriven del incumplimiento de las normas del derecho del consumidor, promoviendo soluciones participativas de conformidad con lo establecido por el art. 58 de la ley 24.240, y demás normas concordantes.

k) Proponer y promover acciones y/o presentaciones extrajudiciales, administrativas y/o judiciales de carácter individual y/o colectiva en la defensa de intereses o derechos individuales, grupales, colectivos, difusos, de incidencia colectiva, individuales homogéneos, supraindividuales o del interés general de los consumidores y/o de las personas o medio ambiente afectados. Las referidas acciones y/o presentaciones podrán tener una finalidad preventiva, precautoria, ejemplificadora, resarcitoria y/o de cualquier otra índole en materia de defensa de los derechos de los consumidores y usuarios y/o de las personas o medio ambiente afectados. Asimismo, la asociación podrá realizar las acciones y presentaciones mencionadas por derecho propio.

l) En atención a su estrecha vinculación con el derecho del consumidor y del medio ambiente, la Asociación también podrá promover acciones y/o presentaciones con relación al derecho de acceso a la información pública.

m) Realizar cualquier otra actividad tendiente a la defensa o protección de los intereses del consumidor, de los derechos habitantes a ambiente sano y la preservación del ambiente. En tal sentido, la anterior enumeración no es taxativa, pudiendo la Asociación realizar toda otra actividad congruente con su objeto y finalidad.