¿Corresponde el aumento del valor de la cuota de medicina prepaga por edad avanzada (mayor de 65 años)?

No, no corresponde. Acá te comentamos el caso real de una familia a la que le aumentaron el precio de la cuota que pagaban al momento de cumplir 65 años. Este caso llegó a tribunales y en ese caso, como en la mayoría de los casos que tratan el mismo tema, no se autorizó el aumento de cuota, ya que eso significa un abuso hacia los usuarios del sistema médico, porque le genera una clara situación de desamparo al no contar con las mismas posibilidades de elegir un nuevo servicio médico en razón de la edad alcanzada. Es por ello que la justicia consideró dicha cláusula como abusiva. En ese caso la empresa de medicina prepaga debe cesar en el cobro del incremento y la cláusula que autoriza el aumento es tenida por no escrita. Todo ello tiene como base normativa el art. 37 de la “ley de defensa del consumidor” y la ley de “lealtad comercial” (Ley N° 22.802) (Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 14 de San Isidro, 12/07/2010, Anglada, Noemí Ángela y otro c. Bristol Medicine S.R.L.).