Los precios deben expresarse en moneda de curso legal (pesos argentinos) al contado y el importe debe ser final. deberá efectuarse por unidad, en forma clara, visible, horizontal y legible. 💲
Las variaciones de precios, por motivos de lugar, horario, espectáculo, etc. deberán hacerse conocer en forma destacada en todos los listados
El Servicio de Mesa, Cubierto o similar deberá exhibirse, mediante la colocación de un cartel visible en la entrada del establecimiento y en la carta del menú y está prohibido su cobro para menores de 12 años de edad, según lo establecido por la Ley 4407. 👦
Entre las obligaciones que se encuentran en esta ley podemos destacar
🔴 la obligación de “ofrecer como mínimo, la opción de un plato apto para celíacos, de consumo seguro, manipulado exclusivamente con utensilios que no tengan contacto con alimentos con TACC”.
🔴 deben” poner a disposición de los clientes “un mínimo de 250 centímetros cúbicos de agua apta para el consumo, por persona” en los casos de cobrar servicio de mesa
🔴 deberán ofrecer “sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional” y “pan tradicional y/o dietético a elección del cliente”.
No está permitido negar o condicionar la prestación del servicio por razones de género, nacionalidad, de etnia, preferencia sexual, religiosa o cualquiera otra. ⚠️
Tampoco pueden exigir propina, ésta es voluntaria y no puede incluirse en la cuenta sin tu consentimiento. 💸