😉TE CONTAMOS A CONTINUACIÓN LA LISTA DE LAS NUEVAS ACTIVIDADES EXCEPTUADAS QUE RIGEN DESDE EL SÁBADO 16:👇

Según lo dispuesto por el Decreto 810/20 te contamos cuales son las actividades exceptuadas:

1️⃣En todo el país:

💥Personal de ANSES

💥Técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral

💥Concesionarias de los corredores viales nacionales, incluído el cobro de peaje

💥Compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermedias.

2️⃣En todo el país menos el AMBA:

🌐Lugares de cultos como iglesias, templos y demás entidades religiosas 🕌🕍inscritas en el Registro Nacional de Cultos. No pudiendo celebrarse ceremonias que impliquen reunión de personas.👥🚫

🌐Servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario🚂, embarcaciones, buques 🛳y aeronaves

🌐Fabricación y provisión de insumos necesarios para el mantenimiento🏗 de formaciones ferroviarias, embarcaciones, buques y aeronaves

🌐Entrenamiento de pilotos🛩, con un máximo de 2 personas por aeronave

Cabe destacar📣, que el desplazamiento de las personas🚶 comprendidas dentro de las actividades exceptuadas deberá limitarse exclusivamente al desarrollo del rubro para el cual fueron excluidos del aislamiento.

Para el desempeño de sus actividades resulta fundamental la incorporación de protocolos sanitarios😷, los empleadores deberán garantizar condiciones de higiene y seguridad, preservando de esta forma la salud de sus trabajadores.

Recordá 💡que en caso de encontrarte comprendido dentro de alguno de los rubros exceptuados deberás solicitar el certificado de circulación.📜

#CUIDARTEESCUIDARNOS
#NUEVASACTIVIDADESEXCEPTUADAS