Mediante la Resolución 449/2020 de la SecretarÃa de Comercio Interior, se estableció que es obligación de los proveedores, empresas y comercios la publicación de manera precisa y claramente visible de TODOS LOS MEDIOS DE PAGO que acepten, sean estos electrónicos y/o de cualquier otro tipo. ​​
En los puntos de venta, se deben exhibir con cartelerÃa especÃfica y/o elementos de identificación similares en vidrieras, lÃneas de caja y en sus páginas web. En compras a distancia (por ejemplo, venta online), indefectiblemente debe informarse en los sitios web de los proveedores.
Es derecho de las y los consumidores elegir en qué comercio y/o con qué prestador realizar su compra; y cómo abonar, necesitando para ello conocer previamente los medios de pago a su disposición por parte del comercio y/o prestador obligado.
En caso de advertir el incumplimiento de esta medida, no dudes en reclamar!!! – info@acyma.org.ar