En los videos anteriores te hablamos de los diferentes medios que tienen las y los consumidores para reclamar y resolver sus reclamos. Entre ellos, Te contamos cómo funciona el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC),
Ahora -en este último video del Proyecto Anual- te informamos que la Secretaría de Comercio Interior, mediante la Resolución N° 236/20, dispuso que las y los adolescentes entre los TRECE (13) y DIECISIETE (17) años pueden presentar por sí mismos sus reclamos.
✴ El acta de conciliación deberá ser redactada de manera simple y con lenguaje claro para que su contenido se comprenda efectivamente.
✴Además, también pueden participar de las audiencias que se celebran por reclamos iniciados por sus representantes legales (por ejemplo, sus padres o madres) y que involucran sus derechos.
✴Para poder participar del proceso se considera suficiente la manifestación de la voluntad del menor.
De esta manera, las niñas, niños y adolescentes que quieran reclamar en forma directa o indirecta (por ejemplo, por una compra virtual o conflictos de consumo en los entornos digitales), podrán hacer valer sus derechos y su voz deberá ser tenida especialmente en cuenta.
📢Te seguimos informando tus derechos como consumidor en los entornos digitales 😉
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